Nuestra escuela protegerá a los estudiantes en casos de acoso, intimidación y hostigamiento (HIB)
Nos esforzamos por hacer de nuestra escuela un entorno seguro e inclusivo en el que todos los estudiantes estén protegidos en casos de acoso, intimidación y hostigamiento (Harassment, Intimidation, and Bullying, HIB), tanto en el salón de clases como en el autobús escolar, en los deportes escolares y durante otras actividades escolares. En esta sección se explica qué es un caso de HIB, qué hay que hacer si usted lo ve o lo experimenta, y cómo actúa nuestra escuela ante esta situación.
¿Qué es un caso de HIB?
La ley estatal (sección 28A.600.477[5][b][i] del Código Revisado de Washington [Revised Code of Washington, RCW]) define un caso de HIB como "cualquier acto intencional, ya sea electrónico, escrito, verbal o físico, que incluye, entre otros, aquellos que se demuestre que están motivados por alguna característica contemplada en las secciones 28A.640.010 y 28A.642.010 del RCW (discriminación basada en una condición protegida) u otras características distintivas, cuando dicho acto intencional electrónico, escrito, verbal o físico si cumple al menos con uno de los requisitos siguientes:
- (A) Causa daño físico a un estudiante o daña su propiedad.
- (B) Tiene el efecto de interferir considerablemente con la educación de un estudiante.
- (C) Es tan grave, persistente o generalizado que crea un ambiente educativo intimidante o amenazante.
- (D) Tiene el efecto de perturbar considerablemente el funcionamiento ordenado de la escuela".
Un caso de HIB suele involucrar a un estudiante que tiene, o parece tener, más poder que otro. Aunque los casos de HIB suelen manifestarse en forma de comportamientos repetidos, es importante tomarse en serio los incidentes aislados graves. Suele ocurrir más de una vez o es muy probable que se repita. Los casos de HIB infringen la ley en nuestras escuelas.
La política de HIB solo se aplica a las acciones entre estudiantes. No aplica en casos de acoso, intimidación u hostigamiento hacia un empleado, voluntario, padre, madre, tutor legal o miembro de la comunidad.
¿Cómo puedo realizar una denuncia sobre un caso de HIB?
Hable con cualquier miembro del personal de la escuela. Empiece por la persona con la que se sienta más cómodo, como un maestro, un orientador, un entrenador u otro miembro del personal de la escuela. Puede denunciar un caso de HIB comunicándoselo al personal de la escuela en persona o por escrito (las denuncias por escrito pueden redactarse en su lengua materna. Solicite ayuda con la traducción a la escuela o al distrito). Puede presentar su denuncia de forma anónima (sin dar su nombre) o de forma confidencial (solicitando que su nombre no se comunique a otros estudiantes o a los padres o tutores implicados). No se impondrá ninguna medida disciplinaria a ningún estudiante basándose únicamente en una denuncia anónima o confidencial.
Si un miembro del personal tiene conocimiento de un caso de HIB, lo presencia o escucha, debe actuar con rapidez para poner fin a dichos comportamientos y evitar que se repitan. Nuestro distrito también cuenta con un responsable de cumplimiento de la normativa sobre HIB (Shawn Brown, Director de Servicios Especiales, (360) 249-1233, sbrown@monteschools.org) que colabora en la prevención y la respuesta ante casos de HIB.
¿Qué sucede después de denunciar el caso de HIB?
Cuando se denuncia un caso de HIB, el personal de la escuela debe actuar con rapidez para poner fin a ese comportamiento y evitar que se repita. Si tanto usted como la escuela coinciden en que el problema está resuelto, es posible que no sea necesario tomar ninguna otra medida. Sin embargo, si cree que usted o alguien que conoce está sufriendo un caso de HIB sin resolver, grave o recurrente, debe solicitar una investigación oficial sobre el caso de HIB rellenando un formulario de denuncia de incidentes.
La escuela también debe asegurarse de que los estudiantes que denuncien casos de HIB no sufran un trato injusto por haber hablado. Esto se denomina "represalia" y está prohibido.
¿Cuál es el proceso de investigación?
La investigación sobre el caso de HIB se inicia si se envía el formulario de denuncia de incidentes de HIB, y el incidente se ajusta a la definición de HIB contra un estudiante. Al enviar el formulario de denuncia de incidentes, el responsable de cumplimiento de la normativa sobre HIB o el miembro del personal que dirige la investigación debe notificar a las familias de los estudiantes involucrados que se ha recibido una queja. Debe asegurarse de que se lleve a cabo una investigación rápida y exhaustiva. Por lo general, la investigación concluye en un plazo de cinco días hábiles escolares. Si el proceso llevara más tiempo, la escuela le mantendrá informado, normalmente cada semana, hasta que haya finalizado.
Una vez que la investigación haya concluido, el responsable de cumplimiento de la normativa sobre HIB o el miembro del personal que dirige la investigación debe comunicarle los resultados en un plazo de dos días hábiles escolares. Esta respuesta debe incluir lo siguiente:
- Un resumen de las conclusiones de la investigación
- Una resolución sobre si el caso de HIB estaba fundamentado (si se determinó que había ocurrido)
- Cualquier medida que vaya a adoptar la escuela para abordar el problema
- Información clara sobre cómo puede apelar la decisión
Si se confirma el caso de HIB, la escuela se encargará de abordarlo.
¿Cuáles son los siguientes pasos si no estoy de acuerdo con el resultado?
En el caso del estudiante identificado como "estudiante agredido" en una queja: Si no está de acuerdo con la decisión del distrito escolar, puede presentar una apelación. Para presentar una apelación, envíe una solicitud por escrito en la que pida al superintendente (o a la persona que este haya designado) que revise la investigación. Le enviarán una resolución por escrito.
En el caso del estudiante identificado como el "agresor" en una queja: Un estudiante declarado "agresor" en una queja por HIB no puede apelar la decisión de la propia investigación. No obstante, puede apelar cualquier medida correctiva (consecuencia) que se derive de las conclusiones de la investigación sobre el caso de HIB.
¿Qué información puedo obtener sobre otros estudiantes?
Las leyes sobre la privacidad de los estudiantes limitan la información que la escuela puede facilitarle sobre cualquier intervención o medida disciplinaria aplicada a otro estudiante. Se le informará si se ha confirmado que ocurrió un caso de HIB y si se han tomado medidas al respecto, aunque no se puedan revelar los detalles de dichas medidas que afecten a todos los estudiantes involucrados.
Para obtener más información sobre el proceso de quejas por HIB, incluidos cronogramas importantes, consulte la página web de HIB del distrito, o la Política de HIB 3207 y el Procedimiento de HIB 3207P del distrito (en inglés).
¿Cómo puedo presentar una queja por HIB contra un miembro del personal?
Este procedimiento se aplica en casos donde se sospecha que un estudiante acosa, intimida u hostiga a otro estudiante. Si su preocupación está relacionada con el comportamiento de un miembro del personal, solicite información a su escuela sobre cómo denunciarlo.
Nuestra escuela se opone a la discriminación
La discriminación puede ocurrir cuando alguien recibe un trato diferente o injusto porque es parte de una condición protegida, incluida su raza, origen étnico, color, nacionalidad, condición migratoria o de ciudadanía, sexo, identidad de género, expresión de género, orientación sexual, falta de vivienda, religión, credo, discapacidad, neurodivergencia, uso de un animal de servicio o estatus de veterano o militar.
¿Qué es el acoso discriminatorio?
El acoso discriminatorio puede incluir burlas e insultos, declaraciones gráficas y escritas u otros comportamientos que resulten amenazantes, perjudiciales o humillantes. Esto ocurre cuando el comportamiento se basa en la condición protegida de un estudiante y es lo suficientemente grave como para crear un ambiente hostil. Se crea un ambiente hostil cuando el comportamiento es tan grave, generalizado o persistente que limita la capacidad de un estudiante para participar o beneficiarse de los servicios, las actividades o las oportunidades de la escuela.
Para revisar la Política de no discriminación 3210 del distrito y el Procedimiento 3210P, visite monteschools.org/policies/3210 (en inglés).
¿Qué es el acoso sexual?
El acoso sexual consiste en comportamientos o comunicaciones no deseados de naturaleza sexual y que interfieren de manera grave con el desempeño educativo de un estudiante o crean un ambiente intimidante u hostil. El acoso sexual también puede ocurrir cuando a un estudiante se le hace creer que debe aceptar un comportamiento o una comunicación de naturaleza sexual no deseado a cambio de obtener algo, como una nota mejor o un lugar en un equipo deportivo.
Entre los ejemplos de acoso sexual se incluyen los siguientes:
- Presionar a una persona para que realice actos o conceda favores sexuales.
- Toqueteos sexuales no deseados.
- Mensajes escritos, gráficos o electrónicos de naturaleza sexual.
- Compartir mensajes de texto, correos electrónicos o imágenes de naturaleza sexualmente explícita.
- Hacer bromas de naturaleza sexual, difundir rumores de naturaleza sexual o hacer comentarios insinuantes.
- Violencia física, incluidas la violación y las agresiones sexuales.
Nuestra escuela no discrimina por motivos de sexo. Prohibimos la discriminación sexual en todos los programas educativos, actividades y puestos laborales, según lo exige el Título IX y la ley estatal.
Para revisar la Política de acoso sexual 3205 del distrito y el Procedimiento 3205P, visite monteschools.org/policies/3205 (en inglés).
¿Qué debería hacer mi escuela ante el acoso sexual y discriminatorio?
Cuando una escuela tiene conocimiento de un posible caso de acoso discriminatorio o acoso sexual, debe investigarlo y tomar medidas para detener ese comportamiento no deseado. La escuela debe abordar los efectos del acoso en el estudiante dentro de la escuela, lo que incluye eliminar el ambiente hostil y evitar que el acoso vuelva a ocurrir.
¿Qué puedo hacer si me preocupa la discriminación o el acoso?
Hable con un coordinador o presente una queja por escrito. Puede comunicarse con los siguientes miembros del personal del distrito escolar para notificar sus inquietudes, hacer preguntas u obtener más información sobre cómo resolver sus inquietudes. Si el inglés no es su lengua materna, puede solicitar un intérprete o redactar la queja en su idioma. Si tiene alguna discapacidad y necesita adaptaciones para presentar una queja, informe a la escuela de sus necesidades específicas.
- Inquietudes sobre la discriminación: Coordinador de derechos civiles: Shawn Brown, Director de Servicios Especiales — 502 E. Spruce Ave, Montesano, WA 98563 — sbrown@monteschools.org — (360) 249-1233
- Inquietudes sobre la discriminación sexual, incluido el acoso sexual: Coordinador del Título IX: Dan Winter, Superintendente — 502 E. Spruce Ave, Montesano, WA 98563 — dwinter@monteschools.org — (360) 249-3942
- Inquietudes sobre la discriminación por discapacidad: Coordinador de la Sección 504: Shawn Brown, Director de Servicios Especiales — 502 E. Spruce Ave, Montesano, WA 98563 — sbrown@monteschools.org — (360) 249-1233
- Inquietudes sobre la discriminación por identidad de género: Coordinadora de escuelas con inclusión de género: Stephanie Klinger, Directora de Enseñanza y Aprendizaje — 502 E. Spruce Ave, Montesano, WA 98563 — sklinger@monteschools.org — (360) 249-1245
Para presentar una queja por escrito, describa el comportamiento o el incidente que, en su opinión, pueda constituir un acto discriminatorio. Envíe el escrito por correo, fax o correo electrónico o bien entréguelo en mano al director de la escuela, al superintendente del distrito o al coordinador de derechos civiles. Presente la queja lo antes posible para que el distrito escolar pueda investigarla con prontitud. Debe presentar su queja en el plazo de un año desde que se produjo el comportamiento o el incidente.
¿Qué sucede después de presentar una queja por discriminación?
El coordinador de derechos civiles le dará una copia del procedimiento de queja por discriminación del distrito escolar. El coordinador de derechos civiles se asegurará de que su queja se investigue con rapidez y de forma exhaustiva. La investigación concluirá dentro de los 30 días calendario posteriores a menos que usted acepte un cronograma diferente. Si, debido a circunstancias excepcionales, se necesitara más tiempo, el coordinador de derechos civiles se lo notificará por escrito y le indicará la fecha prevista para la respuesta.
Cuando se complete la investigación, el superintendente del distrito escolar o el miembro del personal que dirige la investigación le enviará una respuesta por escrito. La respuesta incluirá lo siguiente:
- Un resumen de los resultados de la investigación.
- Una determinación de si el distrito escolar no cumplió con las leyes de derechos civiles.
- Cualquier medida correctiva o remedio que sea necesario.
- Información sobre cómo apelar la decisión.
¿Cuáles son los siguientes pasos si no estoy de acuerdo con el resultado?
Si no está de acuerdo con la decisión tomada sobre su queja, puede apelar la decisión ante la Junta Directiva del Distrito Escolar de Montesano. También puede presentar una queja ante la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (Office of Superintendent of Public Instruction, OSPI). Para obtener más información sobre este proceso, incluidos los plazos importantes, consulte el Procedimiento de no discriminación (3210P) y el Procedimiento contra el acoso sexual (3205P) del distrito escolar (en inglés).
Ya presenté una queja por HIB, ¿qué hará mi escuela?
El acoso, la intimidación o el hostigamiento (HIB) pueden considerarse discriminación si se basan en una condición protegida. Si le entrega a su escuela una denuncia escrita por un caso de HIB que involucra discriminación o acoso sexual, su escuela notificará al coordinador de derechos civiles. El distrito escolar investigará la queja utilizando tanto el Procedimiento de no discriminación (3210P) como el Procedimiento de HIB (3207P) para abordar completamente sus inquietudes.
Nuestra escuela es inclusiva en materia de género
En Washington, todos los estudiantes tienen derecho a ser tratados de acuerdo con su identidad de género en la escuela. Nuestra escuela:
- Se dirigirá a los estudiantes por el nombre y los pronombres solicitados, independientemente de si se han cambiado el nombre legalmente o no.
- Actualizará la designación de género de los estudiantes para que se refleje con precisión en los registros escolares.
- Facilitará a los estudiantes el acceso a baños y vestuarios que se ajusten a su identidad de género.
- Se asegurará que los estudiantes puedan participar en actividades deportivas, clases de educación física, excursiones y viajes nocturnos de acuerdo con su identidad de género.
- Mantendrá la información sobre la salud y la educación de los estudiantes privada y confidencial.
- Permitirá que los estudiantes usen ropa que refleje su identidad de género y hará cumplir los códigos de vestimenta sin tener en cuenta el género del estudiante o el género percibido.
- Creará un entorno inclusivo y respetuoso, y protegerá a los estudiantes de las burlas, el hostigamiento o el acoso por motivos de género o identidad de género.
Para revisar la Política de escuelas con inclusión de género 3211 del distrito y el Procedimiento 3211P, visite monteschools.org/policies/3211 (en inglés). Si tiene preguntas o inquietudes, comuníquese con la coordinadora de escuelas con inclusión de género: Stephanie Klinger, Directora de Enseñanza y Aprendizaje — 502 E. Spruce Ave, Montesano, WA 98563 — sklinger@monteschools.org — (360) 249-1245.
Si tiene inquietudes sobre discriminación o acoso discriminatorio basado en la identidad o expresión de género, consulte la información anterior en la sección "Nuestra escuela se opone a la discriminación".
Nuestra escuela está comprometida con los estudiantes y con la ley estatal
Los estudiantes tienen derecho a estudiar en escuelas que cumplan la ley estatal y protejan sus derechos. Se produce un incumplimiento deliberado cuando un responsable de un distrito escolar o un miembro de la Junta Escolar realiza una acción, o se abstiene de realizarla, a sabiendas, o cuando razonablemente debería haber sabido, que infringiría la ley estatal. En virtud del texto refundido del proyecto de ley sustitutivo de la Cámara (Engrossed Substitute House Bill, ESHB) 1296, la OSPI es responsable de investigar las quejas sobre incumplimientos deliberados y de trabajar para encontrar soluciones justas.
Estas leyes incluyen requisitos relacionados con lo siguiente:
- Derechos civiles y no discriminación (secciones 28A.640 y 28A.642 del RCW)
- Acoso, intimidación u hostigamiento (sección 28A.600.477 del RCW)
- Requisitos del plan de estudios y normas sobre materiales didácticos (secciones 28A.150.230, 28A.300.475, 28A.320.170, 28A.320.230 y 28A.320.235 del RCW)
- Uso de la restricción o el aislamiento (sección 28A.600.485 del RCW)
- Régimen disciplinario estudiantil (capítulo 28A.600 del RCW)
¿Cómo puedo presentar una queja por incumplimiento deliberado de la ley estatal?
En primer lugar, usted debe recurrir a los procedimientos de queja disponibles para intentar resolver su problema. Esto significa que los procedimientos de queja disponibles comienzan en su distrito escolar, incluso si el superintendente del distrito escolar o un miembro de la Junta Escolar es el objeto de sus quejas. El personal de la escuela no puede tomar represalias por presentar una queja formal.
Si no hay ningún procedimiento de queja disponible, debe consultar la página web de la OSPI para conocer otros procedimientos de queja de la OSPI en la sección "How to File a Complaint" (Cómo presentar una queja) y seguir los procedimientos correspondientes. Si no existe ninguno, o si ya ha completado todos los demás trámites, deberá enviar una notificación por escrito al superintendente del distrito al menos 30 días calendario antes de presentar una queja ante la OSPI.
Las quejas dirigidas a la OSPI deben presentarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la decisión definitiva del procedimiento de queja local, cuando este sea aplicable. La queja se debe presentar por escrito e incluir información suficiente para describir el motivo de la queja y las acciones u omisiones que puedan constituir un incumplimiento deliberado. Puede enviar la queja por correo postal, correo electrónico o entregarla en mano en la OSPI.
Cuando la OSPI reciba una queja que cumpla los requisitos para ser investigada, iniciará una investigación. La OSPI le enviará una notificación por escrito sobre las acusaciones que se están investigando. Una vez concluida la investigación, la OSPI le remitirá los resultados por escrito tanto a usted como a su escuela. Estos hallazgos determinarán si se ha producido un incumplimiento y podrían obligar a la escuela a adoptar medidas para solucionar el problema.
¿Quién más puede ayudar con cuestiones relacionadas con HIB, discriminación o incumplimiento deliberado?
Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (OSPI)
Todas las denuncias se deben presentar en primer lugar a nivel local, en la escuela o en el distrito, incluso si la queja se refiere a la propia escuela o al distrito escolar. El personal de la escuela no debe tomar represalias contra los estudiantes o sus familias por presentar una queja formal.
La OSPI puede ayudar a los estudiantes, las familias, las comunidades y el personal de las escuelas con cualquier duda sobre la ley estatal, el procedimiento de quejas por HIB y los procedimientos de quejas por discriminación y acoso sexual, así como con las quejas por incumplimiento deliberado de la ley estatal en virtud del ESHB 1296.
Centro de Seguridad Escolar (School Safety Center) de la OSPI (para preguntas sobre acoso, intimidación y hostigamiento)
- Sitio web: ospi.k12.wa.us/student-success/health-safety/school-safety-center
- Correo electrónico: schoolsafety@k12.wa.us
- Teléfono: 360-725-6068
Oficina de Equidad y Derechos Civiles (Equity and Civil Rights Office) de la OSPI (para preguntas sobre discriminación y hostigamiento)
- Sitio web: ospi.k12.wa.us/policy-funding/equity-and-civil-rights
- Correo electrónico: equity@k12.wa.us
- Teléfono: 360-725-6162
Oficina de Asuntos Jurídicos de la OSPI (para obtener más información sobre el procedimiento de queja por incumplimiento deliberado)
- Sitio web: ospi.k12.wa.us/educator-support/educator-conduct/state-law-noncompliance-complaints
- Correo electrónico: OLA@k12.wa.us
Oficina del Defensor del Pueblo para la Educación (OEO) del gobernador del estado de Washington
La Oficina del Defensor del Pueblo para la Educación (Office of the Education Ombuds, OEO) del estado de Washington colabora con las familias, las comunidades y las escuelas para ayudar a resolver problemas, con el fin de que todos los estudiantes puedan participar plenamente y prosperar en las escuelas públicas de Washington, desde el jardín de infancia hasta la secundaria. La OEO facilita la resolución informal de conflictos, ofrece asesoramiento, facilitación y capacitación sobre la participación familiar y comunitaria y la defensa de los sistemas.
- Sitio web: www.oeo.wa.gov
- Correo electrónico: oeoinfo@gov.wa.gov
- Teléfono: 1-866-297-2597
Departamento de Educación de EE. UU., Oficina de Derechos Civiles (OCR)
La Oficina de Derechos Civiles (Office for Civil Rights, OCR) del Departamento de Educación de EE. UU. (U.S. Department of Education) hace cumplir las leyes federales contra la discriminación en las escuelas públicas, incluidas aquellas que prohíben la discriminación por motivos de sexo, raza, color, origen nacional, discapacidad y edad. La OCR también tiene un proceso de queja por discriminación.
- Sitio web: www.ed.gov
- Correo electrónico: ocr@ed.gov
- Teléfono: 800-421-3481
Nuestra escuela se compromete a garantizar la seguridad en las actividades y eventos escolares
El estado de Washington quiere que las actividades y los eventos escolares, como las competiciones deportivas, las actuaciones y otras actividades extraescolares, sean seguros para todas las personas que participan en ellos o los presencian.
¿Qué establece la ley estatal?
La ley del estado de Washington prohíbe desde hace tiempo la intimidación, el uso de la fuerza y las amenazas de violencia en los eventos escolares. El texto refundido del proyecto de ley del Senado (Engrossed Senate Bill, ESB) 5272 (que entrará en vigencia en 2026) reforzó esas protecciones. Ahora también se aplica a los responsables y voluntarios de actividades deportivas extraescolares, y ha establecido nuevas sanciones por infringir la ley. En el caso de las personas que no sean estudiantes, si son declaradas culpables de un delito, se les puede prohibir participar en actividades escolares durante un máximo de 18 meses, se les puede imponer una multa o pueden ser condenadas a una pena de prisión de hasta 6 meses. En el caso de los estudiantes, también se pueden aplicar otras sanciones escolares, incluida la expulsión de la escuela, en virtud de la sección 28A.600.015 del RCW.
¿En qué se diferencia esto de un caso de HIB?
Esto difiere de la política de HIB de nuestra escuela, que se ocupa de la conducta entre estudiantes a través de un procedimiento interno. El ESB 5272 abarca a más personas y más situaciones, y su cumplimiento se garantiza mediante el derecho penal y los procedimientos disciplinarios escolares, en lugar del proceso de casos de HIB de la escuela.
Las expectativas de esta sección son más amplias. Se aplican a todas las personas que participan en las actividades escolares (tanto a los estudiantes como a los padres y a los miembros de la comunidad) y abarcan el comportamiento hacia todas las personas involucradas, no solo hacia los estudiantes. Esta sección y la sección sobre HIB se complementan, pero abordan situaciones diferentes.
¿Qué debo hacer si sufro o soy testigo de este tipo de conducta?
- Llame al 911 si existe un riesgo inmediato para la seguridad.
- Presente la denuncia a un entrenador, al supervisor del evento, a un responsable de la escuela o a cualquier otro adulto de confianza lo antes posible. Ellos pueden ponerle en contacto con los servicios de apoyo adecuados y asegurarse de que se tomen las medidas oportunas.
- Si un estudiante fue la víctima de dicha conducta, también es posible que pueda presentar una denuncia en virtud de la política de HIB de nuestra escuela. Consulte la sección sobre HIB más arriba para obtener más información.
¿A quién puedo dirigirme si tengo alguna pregunta?
Si tiene alguna pregunta sobre la seguridad en los eventos escolares, póngase en contacto con el director de su escuela o con la Oficina del Distrito al (360) 249-3942.
Si tiene alguna pregunta sobre si una conducta entre estudiantes también puede constituir un caso de HIB, póngase en contacto con el responsable de cumplimiento de la normativa sobre HIB: Shawn Brown, Director de Servicios Especiales — (360) 249-1233 — sbrown@monteschools.org.